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Discapacidad y minusvalía. Información detallada.
¿Qué es la discapacidad?
La persona que tiene una enfermedad mental puede presentar una serie
de discapacidades. Estas discapacidades son limitaciones que tiene una
persona para realizar determinadas actividades que se espera que desempeñe
en su vida cotidiana.
¿Qué es la minusvalía?
La minusvalía es una situación desventajosa que impide desarrollar
determinados roles o papeles sociales. La minusvalía puede ser consecuencia
de la propia discapacidad y de la falta de ambientes promovidos socialmente.
Surge la minusvalía cuando la discapacidad coloca a la persona en desventaja
en relación con otras personas o bien cuando la sociedad no proporciona
ambientes donde las personas puedan encontrar acomodación y compensación
para sus deterioros o discapacidades.
Alguna de las áreas que pueden verse afectadas por una enfermedad
mental son las siguientes:
- Autocuidados: falta de higiene personal, deficiente manejo de su entorno,
hábitos de vida no saludables, etc.
- Autonomía: dificultad en el manejo del dinero, falta de autonomía en el
manejo de transportes, dependencia económica y dificultad en el
desempeño laboral, etc.
- Autocontrol: dificultad en el manejo de situaciones de estrés, falta de
competencia personal, etc.
- Relaciones interpersonales: falta de red social, inadecuado manejo de
situaciones sociales, déficit en habilidades sociales.
- Ocio y tiempo libre: aislamiento, dificultad para manejar el ocio y para
disfrutar, falta de motivación e interés por el ocio.
- Funcionamiento cognitivo: dificultades de atención, percepción,
concentración y procesamiento de información
- Sexualidad y afectividad: disfunciones sexuales con insatisfacción con su
vida afectiva y relacional, etc.
CERTIFICADO DE MINUSVALÍA
¿Qué es y en qué consiste?
El certificado de minusvalía es la valoración de las situaciones de
minusvalía que presenta una persona, calificando el grado según el alcance de
las mismas. Se considera legalmente minusválido a aquella persona que de
acuerdo con unos baremos establecidos, tiene un grado de minusvalía de al
menos un 33%.
Para considerar el grado de minusvalía de una persona se tiene en
cuenta no sólo factores de limitación física o psicológica, sino factores sociales
complementarios (siempre que se alcance un mínimo en los factores físicos y
psicológicos):
- Situación familiar.
- Situación económica.
- Situación laboral.
- Situación cultural, etc...
Toda persona cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o
social se hallen disminuidas como consecuencia de padecer una
enfermedad o deficiencia de sus capacidades físicas, psicológicas o
sensoriales puede solicitar un reconocimiento de minusvalía.
El reconocimiento de las situaciones de minusvalía se realiza por un
equipo multiprofesional de los Centros Base de Orientación, Calificación y
Valoración de la Comunidad de Madrid. Este equipo emitirá un informe en el
que constará un porcentaje que refleja el tipo y grado de minusvalía.
Los Centros Base pertenecen a la Consejería de Familia y Asuntos
Sociales y son equipamientos sociales especializados en atención básica a la discapacidad. Además de valorar elgrado de minusvalía en los Centros Base se da información, orientación y
asesoramiento.
¿Cómo tramitar el Certificado de Minusvalía?
Para solicitar el certificado de minusvalía se puede entregar la
documentación en el Centro Base correspondiente
Documentación necesaria
-Fotocopia compulsada del DNI del interesado o en su defecto, fotocopia del
libro de familia.
- En su caso, fotocopia del DNI del representante legal y del documento
acreditativo de la representación legal o guardador de hecho.
- En caso de no tener nacionalidad española, fotocopia de la tarjeta de
residente.
- Fotocopia de todos los informes médicos y psicológicos que se posean junto
con un informe reciente del psiquiatra. Si se solicita revisar el grado de
minusvalía por agravamiento presentar informes que acrediten dicho
agravamiento.
- Rellenar el impreso de solicitud de reconocimiento de la condición de
minusválido.
Posteriormente se recibe en el domicilio la cita para la revisión, especificando
un día y una hora. Después de acudir a la revisión envían el informe o
certificado de minusvalía.
¿Qué utilidades tiene el Certificado de Minusvalía?
Existen diferentes tipos de ayudas para personas con discapacidad que
tengan el certificado de minusvalía. Algunas de ellas son las siguientes:
- INEM
A. Plazas en Oposiciones; de 2 a 3% del nº de plazas convocadas en
las oposiciones de la Administración Pública.
B. Registro de demandante; registro específico de minusválido como
demandante de empleo.
C. Minusválidos en Centros Especiales de Empleo; los requisitos
para acceder a estos centros son:
- Trabajadores minusválidos, con minusvalía reconocida igual o superior
al 33 % y una disminución de su capacidad de trabajo al menos igual o
superior a dicho porcentaje.
- Estar inscrito en la Oficina de Empleo
Los equipos multiprofesionales a petición del INEM, comprobarán la
adecuación al puesto de trabajo antes de ser contratados. Existe la
posibilidad de realizar contratos a bajo rendimiento en jornada normal, al
igual que, un contrato de adaptación en periodo de prueba no superior a
seis meses. En el caso de que el rendimiento fuese inferior al 25%, podría
reducirse el salario proporcionalmente.
D. Incentivos a las empresas por la contratación de trabajadores
minusválidos; Se destinan al empresario y comprenden la entrega de
subvenciones y/o bonificaciones en la cuota empresarial de la Seguridad
Social. Estas bonificaciones en algunos casos abarcan, tanto a las
contingencias comunes como profesionales y se establecen sin límite de
tiempo durante la totalidad de la vida del contrato. Este tipo de ayudas
varían dependiendo del tipo de contrato, pero se pueden resumiir:
- Subvenciones de 3000 euros al empresario al comienzo del contrato.
- Bonificaciones de cuotas empresariales de S.S. de hasta el 90%
- Subvenciones de hasta 900 euros para adaptar puestos de trabajo o
medios de protección personal.
- Una deducción de hasta un 50% en el Impuesto de Sociedades.
E. Autoempleo; Capitalización de todo el subsidio de paro para el
minusválido que genere autoempleo bien como autónomo o en Sociedad.
- Tarjeta Dorada de RENFE
Esta tarjeta sirve para obtener importantes descuentos en los billetes de
RENFE (el 40% de descuento en los viajes que se realicen de lunes a jueves
y el 25% en los viajes del fin de semana) para personas con un grado de
minusvalía superior al 65%. Se obtiene en las estaciones de RENFE presentando el certificado de minusvalía junto al DNI y tres euros. La tarjeta es válida por un año.
- Programa de vacaciones.
Se puede acceder a los programas de turismo y
termalismo para personas con discapacidad que organiza el Instituto de
Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) con precios muy económicos.
Todos los años la Confederación Española de Agrupaciones de Familiares y
Enfermos Mentales (FEAFES) a la que pertenece nuestra Asociación
organiza viajes en colaboración con el IMSERSO.
- Cursos Formativos para personas con minusvalía.
En diferentes entidades
se organizan cursos formativos para personas con discapacidad. En muchas
ocasiones las mismas entidades cuentan con su propia bolsa de empleo
donde poder inscribirse. Algunas de estas entidades puedes encontrarlas en
el apartado de esta Guía dedicado a formación y empleo.
Otras asociaciones que forman parte de FEMASAM (Federación Madrileña
de Asociaciones Pro Salud Mental) también organizan cursos formativos para
personas con enfermedad mental.
- Exención o reducción de diversos impuestos.
Las personas concertificado de minusvalía pueden beneficiarse de la exención o reducción de
algunos impuestos como por ejemplo los vinculados a la compra de
vehículos (tales como el Impuesto de Circulación y el de Matriculación) .
Igualmente las personas con un grado de minusvalía igual o superior al
33% tienen desgravación en la Declaración de la Renta (IRPF) así como una
deducción especial en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Abono Social de Telefónica
Las personas que al tener un porcentaje de minusvalía superior al 65%
solicitan una pensión económica son consideradas pensionistas y por ello se
pueden beneficiar del llamado Abono Social de Telefónica que supone una
importante reducción en la cuota de conexión telefónica y en el abono
mensual. Para más información se puede llamar al teléfono 1004.
- Ministerio de Obras Públicas y urbanismo
Viviendas de Protección Oficial; una vivienda cuando la promoción
abarque más de 33 y menos de 66 viviendas. Dos viviendas cuando se
programen mas de 66 y menos de 100 viviendas. Tres viviendas, si el
proyecto incluye de 100 a 200 viviendas. Si abarca más de 200, a las
tres viviendas se añadiría una por cada 50 más o fracción.
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
A. Empleo selectivo; entendido como las condiciones de readmisión
por las empresas de sus propios trabajadores minusválidos, una vez
terminado los correspondientes procesos de recuperación. Los
trabajadores tendrán derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo o
a uno adecuado a sus capacidades dentro de su categoría profesional y
a tener preferencia su readmisión en la primera vacante de la empresa.
Ante estas situaciones las empresas tienen derecho a reducciones
del 50% de las contingencias comunes de la seguridad social durante
un período de dos años.
B. Asistencia sanitaria y farmacéutica; No se exige un
determinado nivel de recursos, pero sí un grado de minusvalía igual o
superior al 33%. La prestación farmacéutica incluye la dispensa
gratuita de medicamentos para los beneficiarios. La tramitación de
solicitudes se realizará en las direcciones provinciales del Instituto de la
Seguridad Social.
C. Subsidio de movilidad y compensación para gastos de
transportes; pretende atender los gastos extraordinarios originados
por desplazamientos fuera del domicilio habitual en medios de
transporte no colectivo. La cuantía de la prestación es de 36 euros
mensuales.
Cada Comunidad Autónoma y los distintos ayuntamientos publica
en sus Boletines Oficiales a lo largo del año una serie de convocatorias
a ofertan a las personas con algún grado de minusvalía. No en todas
las comunidades se ofertan las mismas prestaciones.
RECURSOS ECONÓMICOS Y OTRAS AYUDAS
Cuando la persona con enfermedad mental presenta unas limitaciones
que le impiden acceder al mundo laboral se puede solicitar una pensión
económica. La pensión que le corresponda dependerá de las limitaciones y de
las circunstancias en las que se encuentra cada persona así como del tiempo
previo de cotización a la Seguridad Social .
Tipos de pensiones:
MODALIDAD NO CONTRIBUTIVA
No cumplen los requisitos de cotización necesarios.
• Pensión de invalidez permanente no contributiva:
-Minusvalía 65%
-Titular: minusválido
-Se valoran los ingresos económicos familiares
-14 pagas anuales
-Tramitación: Centros Base
-Declaración anual de ingresos
• Prestación familiar por hijo a cargo:
- Minusvalía 65%
-Titular: Padre o madre, minusválido si es huérfano
-No se tienen en cuenta ingresos económicos familiares
-12 pagas anuales
-Tramitación: Seguridad social.
-No hay que justificar ingresos.
MODALIDAD CONTRIBUTIVA
• Pensión de incapacidad temporal
• Pensión de incapacidad permanente
Requisitos:
-Valoración del tipo de incapacidad.
-Haber cotizado un mínimo de años.
Tipos:
-Incapacidad total: 55% de la base reguladora
-Incapacidad absoluta: 100% de la base reguladora
-Gran invalidez: 150% de la base reguladora
Tramitación: Seguridad social.
• Pensiones por muerte o
supervivencia: pensión de orfandad.
PENSIÓN DE INVALIDEZ PERMANENTE NO CONTRIBUTIVA
Las pensiones no contributivas por incapacidad permanente conceden
una serie de derechos a sus beneficiarios, los cuales pasan a convertirse en
pensionistas de la Seguridad Social, y adquieren además de la pensión,
derecho y acceso a los beneficios de la asistencia médico-farmacéutica de la
Seguridad Social y Servicios Sociales complementarios.
Requisitos de los beneficiarios
- Ser mayor de 18 años y menor de 65.
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de
los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud
de la pensión.
- Estar afectados por una minusvalía en un grado igual o superior al 65%.
Existe la posibilidad de un complemento cuando el grado de minusvalía es
igual o superior al 75% y necesitan a otra persona para realizar las
actividades más esenciales de la vida. Este complemento económico será
del 50% de la cuantía fijada.
- Carecer de rentas o ingresos suficientes en la unidad de convivencia
familiar.
- Es incompatible con la pensión no contributiva de jubilación, las pensiones
asistenciales, los subsidios de garantía de ingresos mínimos, la ayuda de
tercera persona y la prestación familiar por hijo a cargo.
Los trabajadores con discapacidad que dejen de cobrar una pensión no
contributiva por incapacidad permanente porque encuentren un trabajo,
ya sean contratados por cuenta ajena o trabajen por cuenta propia,
volverán a cobrarla de forma automática cuando dejen de trabajar.
Tramitación
Las solicitudes se deberán presentar junto con la documentación
correspondiente en cualquier registro oficial de la corporación local del
municipio de residencia: ventanilla única, oficinas de correos,... o en el mismo
Centro Base donde se solicitó el certificado de Minusvalía.
PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO
Consiste en una asignación económica que se reconoce por cada hijo a
cargo del beneficiario, menor de 18 años o mayor de 18 años afectado de una
minusvalía en grado igual o superior al 65%, cualquiera que sea la naturaleza
legal de su filiación.
Beneficiarios
• Familiares con hijo a cargo, menores de 18 años, cuyos ingresos en la
unidad familiar durante el año anterior a la solicitud no superen los límites
establecidos.
• Cuando los hijos a cargo tengan reconocida una minusvalía en grado igual o
superior al 65% y no existe límite de ingresos.
Incompatibilidades
- Si concurren en el padre y en la madre las circunstancias necesarias para
tener la condición de beneficiarios, el derecho a percibir la prestación sólo
podrá ser reconocido en favor de uno de ellos.
- La asignación económica por hijo a cargo es incompatible con la percepción
por parte del padre o de la madre de cualquier otra prestación análoga
establecida en los restantes regímenes públicos de protección social.
Dónde acudir:
Inspección médica de Insalud. Agencia de la Seguridad Social.
PENSIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL
La prestación económica por incapacidad temporal trata de cubrir la falta
de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o
accidente, está temporalmente imposibilitado para trabajar y precisa asistencia
sanitaria de la Seguridad Social.
La cuantía del subsidio depende de la base reguladora y del origen de la
Incapacidad
Requisitos
- Estar en alta en la Seguridad Social, o en situación asimilada
- Tener cubierto un período de cotización de 180 días en los 5 años anteriores
si el origen es una enfermedad común. Si se debe a un accidente o a una
enfermedad profesional, no se requiere período previo de cotización
PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE
En la modalidad contributiva, es incapacidad permanente la situación del
trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y
de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o
funcionales graves, que disminuyan o anulen su capacidad laboral.
Grados de la incapacidad permanente laboral
La clasificación de la incapacidad permanente en sus distintos grados se
determinará en función del porcentaje de reducción de la capacidad de trabajo
que reglamentariamente se establezca.
- Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual (IPP):Es la que
ocasiona al trabajador una disminución del 33% o más en su rendimiento
normal sin impedirle realizar las tareas fundamentales de su profesión.
- Incapacidad permanente total para el desempeño de la profesión habitual
(IPT): Se considera que inhabilita al trabajador para la realización de todas,
o las tareas fundamentales de su profesión, pero no para dedicarse a otra
distinta.
- Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo (IPA): Es aquélla que
inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
- Gran Invalidez (GI): Se llama así a la situación del trabajador afectado de
incapacidad permanente que necesita la asistencia de otra persona para
realizar los actos más esenciales de la vida.
Solicitud
Para solicitar este tipo de pensiones es imprescindible estar en situación
de baja médica. Posteriormente hay que seguir los siguientes pasos:
El médico de atención primaria puede rellenar una solicitud y remitirla al
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o bien la persona puede
acudir a la agencia del INSS más cercana y rellenar la solicitud.
Posteriormente se personará cuando le citen telefónicamente en la
agencia más próxima del INSS para rellenar un cuestionario. El siguiente
paso es el reconocimiento médico que se efectúa previa cita telefónica.
La decisión del Tribunal Médico se remite al domicilio del interesado por
correo, aproximadamente dos meses después del reconocimiento
médico.
PENSIONES POR MUERTE O SUPERVIVENCIA
Las prestaciones por muerte o supervivencia están destinadas a
compensar la situación de necesidad económica que produce para
determinadas personas el fallecimiento de otras.
En caso de muerte, cualquiera que fuera su causa, se otorgarán según los
supuestos, alguna o algunas de las prestaciones siguientes:
- Un auxilio por defunción
- Una pensión vitalicia de viudedad
- Una pensión vitalicia o, en su caso, subsidio temporal a favor de familiares
- En caso de muerte causada por accidente de trabajo o enfermedad
profesional se concederá, además, una indemnización.
- Una pensión de orfandad: la pensión de orfandad para mayores de 18
años incapacitadas para el trabajo puede ser muy importante para personas
que se encuentran afectadas de enfermedad mental grave y que por no
tener los periodos mínimos de cotización que se exigen, o por no haber
trabajado nunca, no tienen acceso a las pensiones de invalidez contributiva,
siendo beneficiarias de la pensión de invalidez no contributiva o de la
prestación por hijo a cargo. Además, si una persona es beneficiaria de una
Pensión por invalidez absoluta puede optar por la Pensión de orfandad. Se
deben aportar informes médicos o calificación de grado de minusvalía que
acrediten que se encontraba ya en dicha situación antes del fallecimiento
del causante. Aunque la persona tenga reconocida una minusvalía igual o
superior al 65% deberá ser valorada por los equipos de valoración de
incapacidades para que determinen si se encuentra en grado de incapacidad
permanente absoluta para ser beneficiario de la Pensión de orfandad.
La pensión de orfandad se extingue por cumplir la edad máxima prevista
en cada caso, por cesar la incapacidad, por contraer matrimonio o por
fallecimiento. Podemos observar la importancia que tiene esta pensión para
nuestro colectivo por su carácter vitalicio.
AYUDA A DOMICILIO
La ayuda a domicilio constituye uno de los programas básicos y tradicionales de
los Servicios Sociales, a través del cuál se intenta promover una mejor calidad
de vida de los ciudadanos, potenciando su autonomía y unas condiciones
adecuadas de convivencia en su propio entorno familiar.
Se la puede definir como una prestación destinada a facilitar el desarrollo
o mantenimiento de la autonomía personal, prevenir el deterioro individual
o social y promover condiciones favorables en las relaciones familiares y
de convivencia, contribuyendo a la integración y permanencia de las
personas en su entorno habitual de vida, mediante la adecuada intervención
y apoyos de tipo personal, socio-educativo, doméstico y/o social.













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