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  • NIRVANA THE MAN WHO SOLD THE WORLD We passed upon the stair,we spoke of was and when Although I wasn't there,he said I was his friend Which came as some surprise I spoke into his eyes I thought you died alone,a long long time ago Oh no,not me I never lost control You're face to face With the man who sold the world I laughed and shook his hand,and made my way back home I searched for form and land,for years and years I roamed I gazed a gazley stare at all the millions here We must have died along,a long long time ago Who knows? not me We never lost control You're face to face With the man who sold the world
  • Esta foto me encanta. Aqui sales especialmente guapa... :)
  • c días buenos-ssss!
  • PB280402_opt Es hermosa se parece a ti... ;)
  • 30-1-2012 ...y aunque el tiempo ete revuelto,yo al pie del cañon.
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Discapacidad y minusvalía. Información detallada.

 

¿Qué es la discapacidad?

 La persona que tiene una enfermedad mental puede presentar una serie

de  discapacidades.  Estas  discapacidades  son  limitaciones  que  tiene  una

persona para realizar determinadas actividades que se espera que desempeñe

en su vida cotidiana. 

 

¿Qué es la minusvalía?

La  minusvalía  es  una  situación  desventajosa  que  impide  desarrollar

determinados roles o papeles sociales. La minusvalía puede ser consecuencia

de la propia discapacidad y de la falta de ambientes promovidos socialmente.

Surge la minusvalía cuando la discapacidad coloca a la persona en desventaja

en  relación  con  otras  personas  o  bien  cuando  la  sociedad  no  proporciona

ambientes donde las personas puedan encontrar acomodación y compensación

para sus deterioros o discapacidades.

 

Alguna  de  las  áreas  que  pueden  verse  afectadas  por  una  enfermedad

mental son las siguientes: 

 

-    Autocuidados: falta de higiene personal, deficiente manejo de su entorno,

hábitos de vida no saludables, etc.

-    Autonomía:  dificultad  en  el  manejo  del  dinero,  falta  de  autonomía  en  el

manejo   de   transportes,   dependencia   económica   y   dificultad   en   el

desempeño laboral, etc.

-    Autocontrol:  dificultad  en  el  manejo  de  situaciones  de  estrés,  falta  de

competencia personal, etc.

-    Relaciones  interpersonales:  falta  de  red  social,  inadecuado  manejo  de

situaciones sociales, déficit en habilidades sociales.

-    Ocio  y  tiempo  libre:  aislamiento,  dificultad  para  manejar  el  ocio  y  para

disfrutar, falta de motivación e interés por el ocio.

-    Funcionamiento     cognitivo:     dificultades     de     atención,     percepción,

concentración y procesamiento de información

-    Sexualidad  y  afectividad:  disfunciones  sexuales  con  insatisfacción  con  su

vida afectiva y relacional, etc. 

 

CERTIFICADO DE MINUSVALÍA

 

¿Qué es  y en qué consiste?

 

El  certificado  de  minusvalía  es  la  valoración  de  las  situaciones  de

minusvalía que presenta una persona, calificando el grado según el alcance de

las  mismas.  Se  considera  legalmente  minusválido  a  aquella  persona  que  de

acuerdo  con  unos  baremos  establecidos,  tiene  un  grado  de  minusvalía  de  al

menos un 33%.

Para  considerar  el  grado  de  minusvalía  de  una  persona  se  tiene  en

cuenta no sólo factores de limitación física o psicológica, sino factores sociales

complementarios (siempre que se alcance un mínimo en los factores físicos y

psicológicos):

¾  Situación familiar.

¾  Situación económica.

¾  Situación laboral.

¾  Situación cultural, etc...

 

Toda  persona  cuyas  posibilidades  de  integración  educativa,  laboral  o

social   se   hallen   disminuidas   como   consecuencia   de   padecer   una

enfermedad  o  deficiencia  de  sus  capacidades  físicas,  psicológicas    o

sensoriales puede solicitar un reconocimiento de minusvalía.

 

        El  reconocimiento  de  las  situaciones  de  minusvalía  se  realiza  por  un

equipo  multiprofesional  de  los  Centros  Base  de  Orientación,  Calificación  y

Valoración de la Comunidad de Madrid. Este equipo emitirá un informe en el

que constará un porcentaje que refleja el tipo y grado de minusvalía.

Los  Centros  Base  pertenecen  a  la  Consejería  de  Familia  y  Asuntos

Sociales   de   la   Comunidad   de   Madrid   y   son   equipamientos   sociales

especializados  en  atención  básica  a  la  discapacidad.  Además  de  valorar  el

grado  de  minusvalía  en  los  Centros  Base  se  da  información,  orientación  y

asesoramiento. 

 

¿Cómo tramitar el Certificado de Minusvalía?

 

Para solicitar el certificado de minusvalía se puede entregar la

documentación en el Centro Base correspondiente

 

Documentación necesaria

 

¾  Fotocopia compulsada del DNI del interesado o en su defecto, fotocopia del

libro de familia.

¾  En  su  caso,  fotocopia  del  DNI  del  representante  legal  y  del  documento

acreditativo de la representación legal o guardador de hecho.

¾  En  caso  de  no  tener  nacionalidad  española,  fotocopia  de  la  tarjeta  de

residente.

¾  Fotocopia de todos los informes médicos y psicológicos que se posean junto

con  un  informe  reciente  del  psiquiatra.  Si  se  solicita  revisar  el  grado  de

minusvalía  por  agravamiento  presentar  informes  que  acrediten  dicho

agravamiento. 

¾  Rellenar  el  impreso  de  solicitud  de  reconocimiento  de  la  condición  de

minusválido. 

 

Posteriormente se recibe en el domicilio la cita para la revisión, especificando

un  día  y  una  hora.  Después  de  acudir  a  la  revisión  envían  el  informe  o

certificado de minusvalía.

 

 

¿Qué utilidades tiene el Certificado de Minusvalía?

 

Existen diferentes tipos de ayudas para personas con discapacidad que

tengan el certificado de minusvalía. Algunas de ellas son las siguientes: 

 

- INEM

A.  Plazas en Oposiciones;  de 2 a 3% del nº de plazas convocadas en

las oposiciones de la Administración Pública.

B.  Registro de demandante;  registro específico de minusválido como

demandante de empleo.

C.    Minusválidos  en  Centros  Especiales  de  Empleo;    los  requisitos

para acceder a estos centros son;

-  Trabajadores minusválidos, con minusvalía reconocida igual o superior

al 33 % y una disminución de su capacidad de trabajo al menos igual o

superior a dicho porcentaje.

-  Estar inscrito en la Oficina de Empleo

Los equipos multiprofesionales a petición del INEM, comprobarán la

adecuación  al  puesto  de  trabajo  antes  de  ser  contratados.    Existe  la

posibilidad de realizar contratos a bajo rendimiento en jornada normal, al

igual que, un contrato de adaptación en periodo de prueba no superior a

seis meses.  En el caso de que el rendimiento fuese inferior al 25%, podría

reducirse el salario proporcionalmente.

D.  Incentivos a las empresas por la contratación de trabajadores

minusválidos;    Se  destinan  al  empresario  y  comprenden  la  entrega  de

subvenciones y/o bonificaciones en la cuota empresarial de la Seguridad

Social.    Estas  bonificaciones  en  algunos  casos  abarcan,  tanto  a  las

contingencias  comunes  como  profesionales  y  se  establecen  sin  límite  de

tiempo durante la totalidad de la vida del contrato.  Este tipo de ayudas

varían dependiendo del tipo de contrato, pero se pueden resumir;

-  Subvenciones de 3000 euros al empresario al comienzo del contrato.

-  Bonificaciones de cuotas empresariales  de S.S. de hasta el 90%

-    Subvenciones  de  hasta  900  euros  para  adaptar  puestos  de  trabajo  o

medios de protección personal.

-  Una deducción de hasta un 50% en el Impuesto de Sociedades.

E.         Autoempleo;    Capitalización  de  todo  el  subsidio  de  paro  para  el

minusválido que genere autoempleo bien como autónomo o en Sociedad.

 

-    Tarjeta Dorada de RENFE

Esta  tarjeta  sirve  para  obtener  importantes  descuentos  en  los  billetes  de

RENFE (el 40% de descuento en los viajes que se realicen de lunes a jueves

y el 25% en los viajes del fin de semana) para personas con un grado de

minusvalía  superior  al  65%.  Se  obtiene  en  las  estaciones  de  RENFE  de

Atocha o Chamartín presentando el certificado de minusvalía junto al DNI y

tres euros. La tarjeta es válida por un año. 

 

-    Programa de vacaciones. Se puede acceder a los programas de turismo y

termalismo  para  personas  con  discapacidad  que  organiza  el  Instituto  de

Mayores  y  Servicios  Sociales  (IMSERSO)  con  precios  muy  económicos.

Todos los años la Confederación Española de Agrupaciones de Familiares y

Enfermos  Mentales  (FEAFES)  a  la  que  pertenece  nuestra  Asociación

organiza viajes en colaboración con el IMSERSO. 

 

-    Cursos Formativos para personas con minusvalía. En diferentes entidades

se organizan cursos formativos para personas con discapacidad. En muchas

ocasiones  las  mismas  entidades  cuentan  con  su  propia  bolsa  de  empleo

donde poder inscribirse. Algunas de estas entidades puedes encontrarlas en

el apartado de esta Guía dedicado a formación y empleo. 

 

Otras asociaciones que forman parte de FEMASAM (Federación Madrileña

de Asociaciones Pro Salud Mental) también organizan cursos formativos para

personas con enfermedad mental. 

 

-    Exención  o  reducción  de  diversos  impuestos.  Las  personas  con

certificado de minusvalía pueden beneficiarse de la exención o reducción de

algunos  impuestos  como  por  ejemplo  los  vinculados  a  la  compra  de

vehículos  (tales  como  el  Impuesto  de  Circulación  y  el  de  Matriculación)  .

Igualmente  las  personas  con  un  grado  de  minusvalía  igual  o  superior  al

33% tienen desgravación en la Declaración de la Renta (IRPF) así como una

deducción especial en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. 

 

-    Abono Social de Telefónica 

        Las personas que al tener un porcentaje de minusvalía superior al 65%

solicitan  una  pensión  económica  son  consideradas  pensionistas  y  por  ello  se

pueden  beneficiar  del  llamado  Abono  Social  de  Telefónica  que  supone  una

importante  reducción  en  la  cuota  de  conexión  telefónica  y  en  el  abono

mensual. Para más información se puede llamar al teléfono 1004.  

- Prestaciones económicas. (Ver en el siguiente apartado).

-    Ministerio de Obras Públicas y urbanismo

Viviendas  de  Protección  Oficial;    una  vivienda  cuando  la  promoción

abarque más de 33 y menos de 66 viviendas.  Dos viviendas cuando se

programen  mas de 66 y menos de 100 viviendas.  Tres viviendas, si el

proyecto incluye de 100 a 200 viviendas.  Si abarca más de 200, a las

tres viviendas se añadiría una por cada 50 más o fracción.

 

- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

A.  Empleo selectivo;  entendido como las condiciones de readmisión

por  las  empresas  de  sus  propios  trabajadores  minusválidos,  una  vez

terminado   los   correspondientes   procesos   de   recuperación.      Los

trabajadores tendrán derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo o

a uno adecuado a sus capacidades dentro de su categoría profesional y

a tener preferencia su readmisión en la primera vacante de la empresa.

Ante estas situaciones las empresas tienen derecho a reducciones

del 50% de las contingencias comunes de la seguridad social durante

un período de dos años.

B.      Asistencia   sanitaria   y   farmacéutica;      No   se   exige   un

determinado nivel de recursos, pero sí un grado de minusvalía igual o

superior  al  33%.    La  prestación  farmacéutica  incluye  la  dispensa

gratuita  de  medicamentos  para  los  beneficiarios.    La  tramitación  de

solicitudes se realizará en las direcciones provinciales del Instituto de la

Seguridad Social.

C.    Subsidio de movilidad y compensación para gastos de

transportes;  pretende atender los gastos extraordinarios originados

por desplazamientos fuera del domicilio habitual en medios de

transporte no colectivo.  La cuantía de la prestación es de 36 euros

mensuales.

 

Cada Comunidad Autónoma y los distintos ayuntamientos publica

en sus Boletines Oficiales a lo largo del año una serie de convocatorias

a ofertan a las personas con algún grado de minusvalía.  No en todas

las comunidades se ofertan las mismas prestaciones.

 

RECURSOS ECONÓMICOS Y OTRAS AYUDAS

        Cuando  la  persona  con  enfermedad  mental  presenta  unas  limitaciones

que  le  impiden  acceder  al  mundo  laboral  se  puede  solicitar  una  pensión

económica. La pensión que le corresponda dependerá de las limitaciones y de

las circunstancias en las que se encuentra cada persona así como del tiempo

previo de cotización a la Seguridad Social . 

Tipos de pensiones:

 

 MODALIDAD NO CONTRIBUTIVA

No cumplen los requisitos de

cotización necesarios.

 

  Pensión de invalidez permanente no

contributiva:

   -Minusvalía 65%

   -Titular: minusválido

   -Se valoran los ingresos económicos

familiares

   -14 pagas anuales

   -Tramitación: Centros Base

   -Declaración anual de ingresos 
 

  Prestación familiar por hijo a cargo:

   - Minusvalía 65%

   -Titular: Padre o madre, minusválido si es huérfano

   -No se tienen en cuenta ingresos económicos familiares

   -12 pagas anuales

   -Tramitación: Seguridad social.

   -No hay que justificar ingresos.

 

 MODALIDAD CONTRIBUTIVA  

  Pensión de incapacidad temporal

  Pensión de incapacidad permanente

Requisitos:

o   Valoración del tipo de incapacidad.

o   Haber cotizado un mínimo de años.

Tipos:

-Incapacidad total: 55% de la base

reguladora

-Incapacidad absoluta: 100% de la

base reguladora

-Gran invalidez: 150% de la base

reguladora

Tramitación: Seguridad social.

  Pensiones por muerte o

supervivencia: pensión de orfandad.

 

 PENSIÓN DE INVALIDEZ PERMANENTE NO CONTRIBUTIVA

 

        Las  pensiones  no  contributivas  por  incapacidad  permanente  conceden

una  serie  de  derechos  a  sus  beneficiarios,  los  cuales  pasan  a  convertirse  en

pensionistas  de  la  Seguridad  Social,  y  adquieren  además  de  la  pensión,

derecho y acceso a los beneficios de la asistencia médico-farmacéutica de la

Seguridad Social y Servicios Sociales complementarios.

 

Requisitos de los beneficiarios

     Ser mayor de 18 años y menor de 65. 

     Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de

los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud

de la pensión.

     Estar  afectados  por  una  minusvalía  en  un  grado  igual  o  superior  al  65%.

Existe la posibilidad de un complemento cuando el grado de minusvalía es

igual  o  superior  al  75%  y  necesitan  a  otra  persona  para  realizar  las

actividades  más  esenciales  de  la  vida.  Este  complemento  económico  será

del 50% de la cuantía fijada.

     Carecer  de  rentas  o  ingresos  suficientes  en  la  unidad  de  convivencia

familiar.

     Es incompatible con la pensión no contributiva de jubilación, las pensiones

asistenciales,  los  subsidios  de  garantía  de  ingresos  mínimos,  la  ayuda  de

tercera persona y la prestación familiar por hijo a cargo. 

 

Los trabajadores con discapacidad que dejen de cobrar una pensión no

contributiva por incapacidad permanente porque encuentren un trabajo,

ya  sean  contratados  por  cuenta  ajena  o  trabajen  por  cuenta  propia,

volverán a cobrarla de forma automática cuando dejen de trabajar. 

 

Tramitación

Las   solicitudes   se   deberán   presentar   junto   con   la   documentación

correspondiente  en  cualquier  registro  oficial  de  la  corporación  local  del

municipio de residencia: ventanilla única, oficinas de correos,... o en el mismo

Centro Base donde se solicitó el certificado de Minusvalía.

 

PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO

 

Consiste en una asignación económica que se reconoce por cada hijo a

cargo del beneficiario, menor de 18 años o mayor de 18 años afectado de una

minusvalía en grado igual o superior al 65%, cualquiera que sea la naturaleza

legal de su filiación.

Beneficiarios

  Familiares  con  hijo  a  cargo,  menores  de  18  años,  cuyos  ingresos  en  la

unidad familiar durante el año anterior a la solicitud no superen los límites

establecidos.

  Cuando los hijos a cargo tengan reconocida una minusvalía en grado igual o

superior al 65% y no existe límite de ingresos.

Incompatibilidades

     Si concurren en el padre y en la madre las circunstancias necesarias para

tener la condición de beneficiarios, el derecho a percibir la prestación sólo

podrá ser reconocido en favor de uno de ellos.

     La asignación económica por hijo a cargo es incompatible con la percepción

por  parte  del  padre  o  de  la  madre  de  cualquier  otra  prestación  análoga

establecida en los restantes regímenes públicos de protección social.

 

Dónde acudir:

Inspección médica de Insalud. Agencia de la Seguridad Social.

 

PENSIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL

 

La prestación económica por incapacidad temporal trata de cubrir la falta

de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o

accidente, está temporalmente imposibilitado para trabajar y precisa asistencia

sanitaria de la Seguridad Social.

La  cuantía  del  subsidio  depende  de  la  base  reguladora  y  del  origen  de  la

incapacidad

Requisitos

     Estar en alta en la Seguridad Social, o en situación asimilada

     Tener cubierto un período de cotización de 180 días en los 5 años anteriores

si el origen es una enfermedad común. Si se debe a un accidente o a una

enfermedad profesional, no se requiere período previo de cotización 
 

PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE

 

En  la  modalidad  contributiva,  es  incapacidad  permanente  la  situación  del

trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y

de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o

funcionales graves, que disminuyan o anulen su capacidad laboral.

Grados de la incapacidad permanente laboral

La  clasificación  de  la  incapacidad  permanente  en  sus  distintos  grados  se

determinará en función del porcentaje de reducción de la capacidad de trabajo

que reglamentariamente se establezca.

     Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual (IPP):Es la que

ocasiona al trabajador una disminución del 33% o más en su rendimiento

normal sin impedirle realizar las tareas fundamentales de su profesión.

     Incapacidad  permanente  total  para  el desempeño  de  la  profesión  habitual

(IPT): Se considera que inhabilita al trabajador para la realización de todas,

o las tareas fundamentales de su profesión, pero no para dedicarse a otra

distinta.

     Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo (IPA): Es aquélla que

inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.

     Gran Invalidez (GI): Se llama así a la situación del trabajador afectado de

incapacidad  permanente  que  necesita  la  asistencia  de  otra  persona  para

realizar los actos más esenciales de la vida.

Solicitud

Para solicitar este tipo de pensiones es imprescindible estar en situación

de baja médica. Posteriormente hay que seguir los siguientes pasos:

El médico de atención primaria puede rellenar una solicitud y remitirla al

Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o bien la persona puede

acudir  a  la  agencia  del  INSS  más  cercana  y  rellenar  la  solicitud. 

Posteriormente  se  personará  cuando  le  citen  telefónicamente  en  la

agencia más próxima del INSS para rellenar un cuestionario. El siguiente

paso es el reconocimiento médico que se efectúa previa cita telefónica.

La decisión del Tribunal Médico se remite al domicilio del interesado por

correo,   aproximadamente   dos   meses   después   del   reconocimiento

médico.

  

PENSIONES POR MUERTE O SUPERVIVENCIA

 

Las  prestaciones  por  muerte  o  supervivencia  están  destinadas  a

compensar   la   situación   de   necesidad   económica   que   produce   para

determinadas personas el fallecimiento de otras.

En  caso  de  muerte,  cualquiera  que  fuera  su  causa,  se  otorgarán  según  los

supuestos, alguna o algunas de las prestaciones siguientes:

     Un auxilio por defunción

     Una pensión vitalicia de viudedad

     Una pensión vitalicia o, en su caso, subsidio temporal a favor de familiares

     En  caso  de  muerte  causada  por  accidente  de  trabajo  o  enfermedad

profesional se concederá, además, una indemnización.

     Una  pensión  de  orfandad:  la  pensión  de  orfandad  para  mayores  de  18

años incapacitadas para el trabajo puede ser muy importante para personas

que  se  encuentran  afectadas  de  enfermedad  mental  grave  y  que  por  no

tener  los  periodos  mínimos  de  cotización  que  se  exigen,  o  por  no  haber

trabajado nunca, no tienen acceso a las pensiones de invalidez contributiva,

siendo  beneficiarias  de  la  pensión  de  invalidez  no  contributiva  o  de  la

prestación por hijo a cargo. Además, si una persona es beneficiaria de una

Pensión por invalidez absoluta puede optar por la Pensión de orfandad. Se

deben aportar informes médicos o calificación de grado de minusvalía que

acrediten  que  se  encontraba  ya  en  dicha  situación  antes  del  fallecimiento

del  causante. Aunque la persona  tenga reconocida una minusvalía igual  o

superior  al  65%  deberá  ser  valorada  por  los  equipos  de  valoración  de

incapacidades para que determinen si se encuentra en grado de incapacidad

permanente absoluta para ser beneficiario de la Pensión de orfandad.

   La pensión de orfandad se extingue por cumplir la edad máxima prevista

en  cada  caso,  por  cesar  la  incapacidad,  por  contraer  matrimonio  o  por

fallecimiento. Podemos observar la importancia que tiene esta pensión para

nuestro colectivo por su carácter vitalicio.

 

AYUDA A DOMICILIO

La ayuda a domicilio constituye uno de los programas básicos y tradicionales de

los Servicios Sociales, a través del cuál se intenta promover una mejor calidad

de  vida  de  los  ciudadanos,  potenciando  su  autonomía  y  unas  condiciones

adecuadas de convivencia en su propio entorno familiar.

Se la puede definir como una prestación destinada a facilitar el desarrollo

o mantenimiento de la autonomía personal, prevenir el deterioro individual

o social y promover condiciones favorables en las relaciones familiares y

de  convivencia,  contribuyendo  a  la  integración  y  permanencia  de  las

personas en su entorno habitual de vida, mediante la adecuada intervención

y apoyos de tipo personal, socio-educativo, doméstico y/o social.

Comentarios (2)add comment

demona sby Dice:

Demona Sby
...
Hola Jose, da igual que padezcas TLP u otro trastorno, la pension que corresponde esta en torno a esa cantidad.
Bsos
demona.
 
April 21, 2010
Votos: +1

Jose Francisco Dice:

0
Sobre la minusvalia
Hola, justo yo he empezado a tramitar hace poco este asunto de la minusvalia, quisiera saber ¿Cuánto se puede cobrar por una minusvalia por TLP? Según me dijo una trabajadora social estaria el asunto sobre unos 300eu pero no se si eso depende de cada TLP o es igual para todos, no se si a alguien que no le importe decirme lo que cobra de pensión de minusvalia me lo podría decir, gracias.
 
March 12, 2010
Votos: +0

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