Soyborderline Blogger
Blog de la Comunidad de soyborderline.com Trastorno Límite y Trastorno Bipolar
Democraticamente intolerable
- Hits: 581
- Suscribirse
- Imprimir
A nivel estructural en ESPAÑA no existen centros que brinden atención adecuada Sanitaria ni a nivel social, ya que aún existe mucho rechazo y discriminación hacia estos enfermos,carecemos de educación e informacion acerca de la salud mental. Los pacientes psiquiátricos son vistos como una desgracia para la familia y una carga para la sociedad. Se atienden las enfermedades corporales y se olvidan las mentales, como si no determinaran el correcto funcionamiento del organismo. Desde la antigüedad, los pacientes psiquiátricos han sido vistos como personas de segunda clase. Y Afrontan un problema cultural que los considera poseídos por el terror social. Tienen que padecer su desgracia en silencio. Para empezar en ESPAÑA solo hay 10.000 plazas de ingreso hospitalario por 500.000 enfermos exitentes que brindan una atención deficiente. Allí se ve a los enfermos en las peores condiciones. Los medicamentos drogas sedantes se utilizan como medio paliativo en relaccion con el total chaos que existe en la total falta de recursos terapeuticos. lo cual hace agravar la enfermedad mental en miles de casos al año por inanicion . Una consulta psiquiátrica privada de una hora cuesta alrededor de 100-a 150 euros Semanales de un tratamiento de por vida . En los hospitales regionales fuera de barcelona o madrid, no existen camas apenas para pacientes con trastornos mentales.
Esto provoca que los pacientes tengan que "autogestionarse" en las llamadas asociacionesde afectados donde el estado delega su denegacion de auxilio dando miseras subenciones para que estas intenten a fuerza de la colaboracion y entrega de familiares,enfermos (niños,mujeres,colaboradores y pacientes con buen pronostico de recuperacion) ,resolver el tratamiento de decenas de miles de enfermos de alta gravedad.el vergonzoso problema estas subenciones solo alcanzan para el 10 % del tratamiento del enfermo.
Las causas de la discriminación y rechazo que enfrentan muchos enfermos mentales son varias. Hay temor en torno a las enfermedades mentales, por la mucha desinformación y lo que ignoramos de ellas. Las creencias populares influyen negativamente en la percepción de la enfermedad mental, ya que dentro de la cultura existe un componente de miedo ante la total desinformacion acerca de la enfermedad mental. Mucha gente considera que los enfermos mentales son endemoniados peligrosos. Por eso encierran socialmente al enfermo y lo maltratan. Lo mantienen desnudo y atado de derechos sociales . El otro problema de la enfermedad mental se relaciona con la identidad, ya que nadie quiere que lo identifiquen con alguien considerado diferente. La enfermedad mental genera discriminación. Las enfermedades mentales, están muy ligadas al terror y al miedo a estar enfermos.
sin embargo desde hace mas de 30 años la seccion medica de la O.N.U formada por cientos de investigadores de la elite medica psiquiatrica mundial llevan un estudio que concluye. -solo el 1 % por ciento de personas con enfermedad mental cometen o han cometido delitos,o alteraciones violentas como solo EL 1 % DE PERSONAS SIN ENFERMEDAD MENTAL TAMBIEN COMETEN DELITOS O ALTERACIONES VIOLENTAS.
Las enfermedades mentales tiene un stigma muy grave en esta sociedad, ya que generan mucha ansiedad. Nadie quiere que lo acusen de loco por mel hecho de existir , ni que lo lleven a un hospital psiquiátrico como un geriatrico para gente en su juventud. Para una familia tener un enfermo mental representaba un castigo divino, una maldición por pecados cometidos y ese miedo persiste en la sociedad. Los discriminamos por que son diferentes y rompen el molde común.los enfermos mentales ocultan el estar enfermos y necesitar apoyo pues de lo contrario serian aun mas pisoteados en su entorno cercano,de amistades,laboral. La sociedad y el medio no están acondicionados para hacerle frente a las enfermedades mentales. A nivel estructural no existen centros que brinden atención adecuada, ni a nivel social, ya que aún existe mucho rechazo y discriminación hacia estos enfermos. Hay gran temor a las enfermedades mentales, porque hay mucha desinformación y es mucho lo que de ellas ignoramos. Las creencias populares influyen negativamente en la percepción de la enfermedad mental, ya que en nuestra cultura existe un componente de miedo y autodefensa. La gente considera que los enfermos mentales son personas peligrosas,menos inteligentes,incapazes de aportar a la sociedad.trabajo,cualidades,valores,por ello el enfermo mental es discriminado y stigmatizado (en su ambito personal,laboral,teniendo que ocultar como si fuese un mounstro el estar enfermo ) no como enfermos de otras patologias que si son apoyados por la sociedad como es socialmente etico y humano. Si el gobierno Español quisiera mejorar algo en este sentido tienen a un paso un ejemplo magnifico. La atención que brinda Cuba a sus pacientes en esta epoca de promesas ante el proximo 20-N,Todos los candidatos ni oyen ni ven el problema.directamente el enfermo mental al no verse representado en ningun estamento ni institucion publica tiene las manos atadas para quejarse ante el olvido de una de las 3 enfermedades mas existenten el sida,el cancer,y la enfermedad mental que condiciona lo que somos mente y ........tambien alma y corazon
LA VULNERABILIDAD DE LAS PENSIONES POR JUBILACION DEL ENFERMO MENTAL.
Todos hemos nacido para aportar lo mejor de nuestra pasion por vivir por ser lo mas felices posibles y como es obvio llevar al menos una vida digna con unos pocos placeres terrenales,como disponer de un sitio para vivir con nuestra pareja,ver crecer a nuestros hijos,comer,estudiar y trabajar en nuestras aspiraciones personales de proyecto.
si consideramos etico y justo el que una persona por ejemplo con una minusvalia fisica tenga una pension por estar en una gran minoria de posibiidades para llevar una vida digna.
entonces por que todavia sigue vivo el stigma del enfermo vago y costoso ?
vease un ejemplo claro. curioso dialema del presupuesto para necesidades basicas del y odio la palabra "enfermo mental"
Se otorga una pension no contributiva a toda persona con una patologia mental o no si supera el 65 % de MINUSVALIA
ES DECIR 390 EUROS MENSUALES OTORGADOS POR UN TRIBUNAL MEDICO CON REVISIONES CADA DOS AÑOS
AL DARSE DE ALTA COMO TRABAJADOR EN LA SEGURIDAD SOCIAL SE PIERDE ESTA AYUDA QUE SE RECUPERA AL QUEDAR EL TRABAJADOR EN PARO
390 EUROS DE POR VIDA,( 65 % DE MINUSVALIA TOTAL ) PARA COMPRAR UNA CASA,LLEVAR UNA FAMILIA Y ALIMENTARLA ,VESTIR A NUESTROS HIJOS,DARLES DE COMER Y EDUCARLES,COMPRAR ALIMENTOS,PAGAR LA LUZ,TRANSPORTE,IMPUESTOS COMO OTRO CIUDADANO MAS,VESTIRNOS,Y UN SIN FIN DE GASTOS BASICOS QUE NO MATERIALES,EN DEFINITIVA NO PODER ASPIRAR MAS QUE A SOBREVIVIR.
VAGOS ? QUIEN QUIERE ESTAR ATADO DE POR VIDA A UNA ENFERMEDAD GRAVISIMA POR COBRAR 390 EUROS............
DECLARACION DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES DE LOS ENFERMOS MENTALES
FEDERACION MUNDIAL DE LA ENFERMEDAD MENTAL_____________________________
APROBADA POR LA O.N.U (ORGANIZACION MUNDIAL DE NACIONES UNIDAS)____________________
Los individuos definidos como enfermos mentales, sino también por aquellos que son vulnerables a la enfermedad o trastorno mental y emocional, o que corren el riesgo de estar expuestos a ella. La Federación considera quLos enfermos mentales, o afectados por una perturbación emocional, comparten “la dignidad inherente” y “los derechos iguales e inalienables de los miembros de la familia humana”. La presente Declaración que marca el 40 aniversario de la Federación Mundial de la Salud Mental, fundada el 21 de agosto de 1948, y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, proclamada el 10 de diciembre de 1948, ha sido adoptada por vez primera el 17 de enero de 1989 bajo el nombre de Declaración de Luxor sobre los Derechos Humanos para los Enfermos Mentales, en el transcurso del congreso del 40 Aniversario de la Federación, en Luxor, Egipto. La presente revisión confirma la inquietud de la Federación no sólo pore los Derechos Humanos trascienden las fronteras políticas, sociales, culturales y económicas, y se aplican a la raza humana en su conjunto. Fue adoptada por el Consejo de Administración de la Federación el 26 de Agosto de 1989, con ocasión de su Congreso Mundial Bienal de la Salud Mental, celebrado en Auckland, Nueva Zelanda. Preámbulo Considerando que el documento fundacional de la Federación Mundial de la Salud Mental de 1948, titulado Salud Mental y Ciudadanía Mundial, establece que la salud mental constituye “una promesa formal, reflexiva y responsable hacia la humanidad considerada como un todo”, “basada en el libre consentimiento” y en el “respeto a las diferencias individuales y culturales”; Considerando que los seres humanos designados públicamente o diagnosticados profesionalmente y tratados o ingresados como enfermos mentales, o afectados por una perturbación emocional, comparten, según los términos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948, “la dignidad inherente” y “los derechos iguales e inalienables de los miembros de la familia humana” y , según los términos del documento fundacional de la FMSM, una “humanidad común”, con los otros seres humanos del mundo entero; Considerando que la Organización Mundial de la Salud define la salud como “un estado de bienestar físico, mental, social y moral completo y no sólo como la ausencia de enfermedad o dolencia.” Considerando que el diagnóstico de enfermedad mental establecido por un experto en salud mental será conforme a criterios médicos, psicológicos, científicos y éticos reconocidos y que la dificultad para adaptarse a valores morales, sociales políticos u otros no será considerada en sí misma como una enfermedad mental ; considerando igualmente que, a pesar de todo aún hoy, algunos individuos son designados y diagnosticados en ocasiones como enfermos mentales o tratados y encerrados como tales; Considerando que las enfermedades mentales graves no sólo obstaculizan la capacidad del individuo para el trabajo, el amor y el ocio, sino que también impiden a su familia o a su comunidad vivir normalmente e imponen a la sociedad una carga permanente de cuidados; Considerando que la FMSM ha suscripto el principio de la participación del usuario o del consumidor en la planificación, gestión y funcionamiento de los servicios salud mental; Considerando que la FMSM reafirma la existencia de las libertades y derechos fundamentales expuestas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948, así como los instrumentos ulteriores de estos derechos; Considerando que la FMSM reconoce que la aplicación de estos principios exige tener en cuenta las circunstancias culturales, económicas, históricas, sociales, espirituales y otras de las sociedades específicas , y respetar en todos los casos los criterios básicos de los derechos humanos, que sobrepasan los límites de los grupos políticos y culturales, el Consejo de Administración de la Federación Mundial de la Salud Mental, proclama la presente Declaración de los derechos humanos y de la salud mental, la norma común a todos los pueblos y naciones de la familia humana.
Artículo 1 La promoción de la salud mental incumbe a las autoridades gubernamentales y no gubernamentales, tanto como a los organismos intergubernamentales, sobre todo en tiempos de crisis. De acuerdo con la definición de salud de la OMS y con el reconocimiento de la preocupación de la FMSM por su funcionamiento óptimo, los programas de salud y de salud mental contribuirán tanto al desarrollo de las responsabilidad individual y familiar en relación con la salud personal y con la de grupos, como a la promoción de una calidad de vida lo más elevada posible.
Artículo 2 La prevención de la enfermedad o del trastorno mental o emocional constituye un componente esencial de todo sistema de servicio de salud mental,. En este terreno, la formación será difundida tanto entre los profesionales como entre el público en general. Los esfuerzos de prevención deben incluir, igualmente una atención que sobre pasas los límites del sistema mismo de asistencia en salud mental y ocuparse de las circunstancias ideales de desarrollo comenzando por la planificación familiar, la atención prenatal y perinatal, para continuar a lo largo de todo el ciclo de la vida, proporcionando suficientes cuidados generales de salud, posibilidades de educación, de empleo y de seguridad social. Será prioritaria la investigación sobre la prevención de las afecciones mentales, de las enfermedades y de la mala salud mental.
Artículo 3 La prevención de la enfermedad y del trastorno mental o emocional y el tratamiento de aquellos que los sufren exige la cooperación entre sistemas de salud, de investigación y de seguridad social intergubernamentales, gubernamental y no gubernamentales , así como de las instituciones de enseñanza. Una cooperación semejante comprende la participación de la comunidad y la intervención de las asociaciones de atención mental, profesionales y voluntarias, y también de los grupos de consumidores y de ayuda mutua, incluirá la investigación, la enseñanza, la planificación y todos los aspectos necesarios acerca de los problemas que pudieran surgir, así como la prestación de servicios directos.
Artículo 4 Los derechos fundamentales de los seres humanos designados o diagnosticados, tratados o definidos como mental o emocionalmente enfermos o perturbados, serán idénticos a los derechos del resto de los ciudadanos. Comprenden: • el derecho a un tratamiento no obligatorio, digno, humano y cualificado, con acceso a la tecnología médica, psicológica y social indicada; • la ausencia de discriminación en el acceso equitativo a la terapia o de su limitación injusta a causa de convicciones políticas, socio-económicas, culturales, éticas, raciales, religiosas, de sexo, edad u orientación sexual; • el derecho a la vida privada y a la confidencialidad; • el derecho a la protección de la propiedad privada;: • el derecho a la protección de los abusos físicos y psico-sociales; • el derecho a la protección contra el abandono profesional y no profesional; • el derecho de cada persona a una información adecuada sobre su estado clínico; • el derecho al tratamiento médico incluirá la hospitalización, el estatuto de paciente ambulatorio y el tratamiento psicosocial apropiado con la garantía de una opinión médica, ética y legal reconocida y, en los pacientes internados sin su consentimiento, el derecho a la representación imparcial, a la revisión y a la apelación.
Artículo 5 Todos los enfermos mentales tienen derecho a ser tratados según los mismos criterios profesionales y éticos que los otros enfermos. Esto incluye un esfuerzo orientado a la consecución por parte del enfermo del mayor grado posible de autodeterminación y de responsabilidad personal. El tratamiento se realizará dentro de un cuadro conocido y aceptado por la comunidad, de la manera menos molesta y menos restrictiva posible,. En este sentido, será positivo que se aplique lo mejor en interés del paciente y no en interés de la familia, la comunidad, los profesionales o el Estado. El tratamiento de las personas cuyas posibilidades de gestión personal se hayan visto mermadas por la enfermedad, incluirá una rehabilitación psico-social dirigida al restablecimiento de las aptitudes vitales y se hará cargo de sus necesidades de alojamiento, empleo, transporte, ingresos económicos, información y seguimiento después de su salid del hospital.
Artículo 6 Todas las poblaciones contienen grupos vulnerables y particularmente expuestos a la enfermedad o trastorno mental o emocional . Los miembros de estos grupos exigen una atención preventiva, y también terapéutica, particular, al igual que el cuidado en la protección de su salud y de sus derechos humanos. Se incluyen las víctimas de las catástrofes naturales, de las violencias entre comunidades y la guerra, las víctimas de abusos colectivos, comprendidos aquellos que proceden del Estado, también los individuos vulnerables a causa de su movilidad residencial (emigrantes, refugiados), de su edad (recién nacidos, niños, ancianos), de su estatuto de inferioridad (étnica, racial, sexual, socio-económica), de la pérdida de sus derechos civiles (soldados, presos) y de su salud. Las crisis de la vida, tales como los duelos, la ruptura de la familia y el desempleo, exponen igualmente a los individuos a estos riesgos.
Artículo 7 La colaboración intersectorial es esencial para proteger los derechos humanos y legales de los individuos que están o han estado mental o emocionalmente enfermos o expuestos a los riesgos de una mala salud mental. Todas las autoridades públicas deben reconocer la obligación de responder a los problemas sociales mayores ligados a la salud mental, del mismo modo que a las consecuencias de condiciones catastróficas para la salud mental. La responsabilidad pública incluirá la disponibilidad de servicios de salud mental especializados, en la medida de lo posible dentro del contexto de una infraestructura de atención primaria, así como una educación pública referida a la salud y a la enfermedad mentales y a los medios de que se dispone para contribuir a la primera y hacer frente a la segunda.
Artículo 8 Ningún Estado, grupo o persona puede deducir nada de la presente Declaración que implica derecho alguno de abrazar una confesión o a comprometerse en cualquier actividad que conduzca a la destrucción de ninguno de los derechos o libertades citados previamente.? DERECHOS ESPECÍFICOS DE LOS ENFERMOS MENTALES (1) • Derecho del enfermo mental a ser tratado en todo momento con la solicitud, el respeto y la dignidad propias de su condición de persona. • Derecho a no ser calificado como enfermo mental, ni ser objeto de diagnósticos o tratamientos en esa condición, por razones políticas, sociales, raciales, religiosas u toros motivos distintos o ajenos al estado de su salud mental. • Derecho a recibir la mejor atención y tratamiento apropiados y menos restrictivos, según las más elevadas normas técnicas y éticas. • Derecho a ser informado sobre su diagnóstico y el tratamiento mas adecuado y menos riesgoso, y de prestar y revocar su consentimiento para ejecutarlo. • Derecho a no ser objeto de pruebas clínicas ni de tratamientos experimentales sin su consentimiento informado. • Derecho a que sus antecedentes personales y fichas e historias clínicas se mantengan en reserva y a tender acceso a esa información. • Derecho a recibir o rechazar auxilio espiritual o religioso y de libertad de conciencia y religión. • Derecho a recibir educación y capacitación adecuada a su estado. • Derecho a trabajar y recibir la remuneración correspondiente • Derecho a personalidad civil y a que su incapacidad para ejercer derechos sea determinada por un tribunal a través de un procedimiento establecido por una ley al efecto. • Derecho a que en caso de ser inculpado por algún delito u otra infracción criminal, su responsabilidad o inimputabilidad se determinen por un tribunal de justicia, según las reglas del debido proceso, en un procedimiento que considere el estado de su salud con la intervención de profesionales expertos en calidad de peritos. • Derecho a un recurso eficaz ante un tribunal y mediante un procedimiento simple y expedito fijado por la ley para reclamar de toda acción u omisión que desconozca o lesione sus derechos. • Derecho a no ser discriminado ilegalmente en el goce y ejercicio de sus derechos, en atención al estado de su salud. “En lo que hace a la protección de los derechos de los enfermos mentales, deben cumplir una función relevante las acciones que puedan llevar a cabo los Colegios, Asociaciones y otros cuerpos de profesionales que dispongan de facultades para el control ético de sus integrantes.” ……………..
(1) “Para elaborar este listado [...] se ha tenido en cuenta la contribución de Gostin sobre Derechos Humanos en Salud Mental y su proposición de cinco reglas internacionales basadas en la experiencia japonesa (Principios de Kyoto, 1987), Asimismo, las disposiciones de las secciones 501 y 502 del Titulo V de la Ley sobre Sistema de Salud mental, aprobada por el Congreso de los Estados Unidos de América en octubre de 1980 y las pautas de para el perfeccionamiento de la atención de salud mental que recomendó un documento de agosto de 1988 de la Subcomisión de Prevención de la Discriminación Protección de las Minorías de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.” – Publicado “Memorias de la Conferencia Regional para la Reestructuración de la Atención Psiquiátrica – Caracas, Venezuela 11 al 14 de noviembre de 1990. Organización Panamericana de la Salud.p;
Fd.Ruben lobo lopez=Robin= Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla




Comentarios
.Yo por si acaso no me quejo mucho,no vaya a ser que la paga de 390 euros se les ocurra quitarmela.Es poco,si,eso es cierto,pero yo pienso que con que somos muchos tenemos que partirlo entre todos.
Lo que realmente me sienta mal,es que para recibir esa paga y haya tenido que justificar que no tenia ningun familiar que me manteia o tampoco me la daban.Tengo a mi padre de tutor y ,la verdad,no sé a donde vamos a llegar.Si,ya se que esa es la frase tipica,pero es que no se que otra puedo poner,solo me encaja esa.
.Yo por si acaso no me quejo mucho,no vaya a ser que la paga de 390 euros se les ocurra quitarmela.Es poco,si,eso es cierto,pero yo pienso que con que somos muchos tenemos que partirlo entre todos.
Lo que realmente me sienta mal,es que para recibir esa paga y haya tenido que justificar que no tenia ningun familiar que me manteia o tampoco me la daban.Tengo a mi padre de tutor y ,la verdad,no sé a donde vamos a llegar.Si,ya se que esa es la frase tipica,pero es que no se que otra puedo poner,solo me encaja esa.